Modificación de estancia por estudios a Residencia y Trabajo inicial -cuenta ajena-

¿Qué es?

Es el cambio de tu situación de estudiante a residente con permiso de trabajo en España cuando un tercero (particular o empresa) te contrata.

Esto te aplica si te encuentras en la siguiente situación:

Eres estudiante no becado en tu país de origen, tu tarjeta NIE de estudiante está vigente y tienes una oferta formal de contrato de trabajo.

¿Qué necesitas?

· Haber concluido satisfactoriamente los estudios en España para los que se autorizó tu visado anterior.

· No haber sido becado por instituciones públicas o privadas en tu país de origen.

· No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen.

· Tener una oferta formal de contrato de trabajo en España firmado por ti y tu empleador.

· Acreditación de solvencia y legalidad de la persona o empresa que te contrata.

· Solicitud y tasas pagadas correspondientes a este trámite.

¿Cómo se hace?

Se presenta la solicitud con la documentación que acredite los puntos anteriormente mencionados ante la Autoridad Autonómica correspondiente. En Cataluña es ante la Generalitat a través del Departamento de Empresa y Ocupación.

Resolución

El plazo es de 1 a 3 meses a partir de la entrada de la solicitud en el registro correspondiente para su tramitación. Una vez obtenida, tendrás que pedir cita previa a la comisaría de Policía Nacional de tu provincia para tramitar tu tarjeta/NIE en el plazo de 1 mes en la Oficina de Extranjería presentando tu pasaporte vigente, así como el modelo de solicitud correspondiente, 3 fotografías a color tamaño carné y tu alta en la Seguridad Social por parte de tu empleador.

Habeas Legal abogados y mediadores internacionales

Escriba su Consulta Legal

*campos requeridos

Escriba su Consulta Legal