Compatibilización de estudios y trabajo

Si eres estudiante y tienes la posibilidad de incorporarte de forma parcial (4hrs/o máximo 6hrs/ diarias) al mercado laboral, aquí tienes una vía para poder compatibilizar esta nueva actividad con la actividad académica.

Este trámite te permite como estudiante extranjero, continuar con tus estudios en España y además, te da la posibilidad de desarrollar una actividad laboral remunerada y legal, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, cotizando como trabajador en Seguridad Social, siempre que la actividad laboral sea compatible con tus estudios y adaptado a tu perfil académico.

Ten en cuenta que para llevar a cabo este trámite debes contar con el NIE por estudios vigente y que cuando finalice la vigencia del mismo, finaliza también y automáticamente la autorización de trabajo compatible.

Documentación requerida

* Debes aportar el horario de tus estudios para comprobar la compatibilización de ambas actividades.

1.- En el caso de que el trabajo sea por cuenta ajena:

  • Debes contar con una oferta formal de contrato de trabajo,
  • Aportar la identificación del empleador y/o la empresa, con sus respectivas acreditaciones de viabilidad financiera.
  • Además de tu documentación acreditativa como estudiante en cualquiera de tus dos opciones: cuenta ajena o cuenta Propia.

2.- En el caso de que el trabajo sea por cuenta propia:

  • Tienes que elaborar un proyecto de negocio, que ha de tener como base tu preparación académica y/o las aspiraciones de negocio que te apasionen.
  • El plan de negocio debe estar acompañado por documentación que demuestre la viabilidad del mismo, tales como:
    – compromisos de contratación de personal futura,
    – contar con los certificados que acrediten tu cualificación académica necesaria para el desarrollo del negocio,
    – inversión económica inicial y contar con una imagen corporativa, destacando la creación de un logo y una web.

Procedimiento a seguir

PRIMERO
Presenta la solicitud de COMPATIBILIZACIÓN DE ESTUDIOS Y AUTORIZACIÓN DE TRABAJO, con toda la documentación requerida, según el caso, ante la Autoridad autonómica que te corresponda. Por ejemplo, en Catalunya es en la Generalitat de Catalunya, en el Departament d’Empresa i Ocupació.
PRIMERO
SEGUNDO
Una vez te resuelvan de forma favorable, solicita el alta en la Seguridad Social y/o Agencia Tributaria, según corresponda. De esta forma podrás acceder a la vía laboral como estudiante de manera legal, cumpliendo con el reglamento de extranjería RD 557/2011.
SEGUNDO
NOTA IMPORTANTE PARA EL EMPLEADOR DE ESTUDIANTES EXTRANJEROS:

Si omites solicitar la autorización de COMPATIBILIZACIÓN DE ESTUDIOS Y AUTORIZACIÓN DE TRABAJO, existe el riesgo inminente de que el MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de oficio inicie un expediente de revisión del ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTUDIANTES EXTRANJEROS SIN PERMISO PARA TRABAJAR. Actualmente lo están haciendo y las consecuencias son graves para las dos partes.

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