Compatibilización de estudios y trabajo
Si eres estudiante y tienes la posibilidad de incorporarte de forma parcial (4hrs/o máximo 6hrs/ diarias) al mercado laboral, aquí tienes una vía para poder compatibilizar esta nueva actividad con la actividad académica.
Este trámite te permite como estudiante extranjero, continuar con tus estudios en España y además, te da la posibilidad de desarrollar una actividad laboral remunerada y legal, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, cotizando como trabajador en Seguridad Social, siempre que la actividad laboral sea compatible con tus estudios y adaptado a tu perfil académico.
Ten en cuenta que para llevar a cabo este trámite debes contar con el NIE por estudios vigente y que cuando finalice la vigencia del mismo, finaliza también y automáticamente la autorización de trabajo compatible.
Documentación requerida
* Debes aportar el horario de tus estudios para comprobar la compatibilización de ambas actividades.
1.- En el caso de que el trabajo sea por cuenta ajena:
- Debes contar con una oferta formal de contrato de trabajo,
- Aportar la identificación del empleador y/o la empresa, con sus respectivas acreditaciones de viabilidad financiera.
- Además de tu documentación acreditativa como estudiante en cualquiera de tus dos opciones: cuenta ajena o cuenta Propia.
2.- En el caso de que el trabajo sea por cuenta propia:
- Tienes que elaborar un proyecto de negocio, que ha de tener como base tu preparación académica y/o las aspiraciones de negocio que te apasionen.
- El plan de negocio debe estar acompañado por documentación que demuestre la viabilidad del mismo, tales como:
– compromisos de contratación de personal futura,
– contar con los certificados que acrediten tu cualificación académica necesaria para el desarrollo del negocio,
– inversión económica inicial y contar con una imagen corporativa, destacando la creación de un logo y una web.
Procedimiento a seguir
Si omites solicitar la autorización de COMPATIBILIZACIÓN DE ESTUDIOS Y AUTORIZACIÓN DE TRABAJO, existe el riesgo inminente de que el MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de oficio inicie un expediente de revisión del ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTUDIANTES EXTRANJEROS SIN PERMISO PARA TRABAJAR. Actualmente lo están haciendo y las consecuencias son graves para las dos partes.
- Prórroga de estancia por estudios
- Compatibilización de Estudios y Trabajo
- Modificaciones de Ley (RD Ley 11/2018 tit. III) para Estudiantes e Investigadores Extranjeros:
- Estancia inicial por estudios, prácticas profesionales, voluntariado e investigación
- Autorización de residencia para prácticas
- Autorización de residencia al estudiante para búsqueda de empleo o emprender un proyecto empresarial
- Autorización de residencia para investigación UE y búsqueda de empleo para investigadores
- Modificación de estancia por estudios a Residencia y Trabajo inicial -cuenta ajena-
- Modificación de estancia por estudios a Residencia y Trabajo inicial -cuenta propia-
- Arraigo social cuenta ajena o arraigo social cuenta propia

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