La Residencia No Lucrativa para Médicos extranjeros y su acceso a especialidad médica: MIR

Residencia No Lucrativa para la realización de la especialidad médica MIR

Dirigida a Profesionales Médicos Extranjeros en España o en su país de origen, la Autorización inicial de Residencia No Lucrativa es la opción recomendada para  REALIZAR ESPECIALIDAD MÉDICA O MIR (Médico interno residente) 

Habeas Legal Company comparte esta información para profesionales MÉDICOS extranjeros que quieren residir en España con permiso de residencia y desde ese estatus migratorio hacer su examen para acceder al MIR. Si se solicita este Visado de NO LUCRATIVA los Médicos Extranjeros, obtendrán un permiso de Residencia temporal No Lucrativa Inicial por un PRIMER AÑO, pudiendo renovar ese permiso POR DOS AÑOS MÁS; con objeto de REALIZAR ESPECIALIDAD MEDICA O MIR (Médico interno residente en España).

 

¿Qué es el MIR?

El MIR o Médico interno residente es el sistema de formación de especialistas médicos que existe en España, desde el año 1976, al que se accede a través de pruebas selectivas de convocatoria anual y que consiste en una relación laboral especial de residencia. Y así podrán acceder a las plazas limitadas para los ciudadanos residentes en España, con permisos de residencia legal, para ello deben acredita que están percibiendo ingresos fijos regulares de su país de origen, o si cuentan con ahorros bancarios, si es su caso.

 

¿Cuáles son los requisitos para tramitar la Residencia No Lucrativa?

HABEAS LEGAL COMPANY como despacho de abogados especializados en extranjería e inmigración; estamos para atenderles y acompañarles en su proceso de obtención de estos permisos y su establecimiento en España incluyendo su asesoría fiscal al ser residentes en España, una vez obtenido su permiso de RESIDENCIA NO LUCRATIVA EN ESPAÑA. Este tipo de Residencia Temporal en España es especialmente para quien ha generado un patrimonio, cuenta con ahorros o ingresos fijos regulares mensuales de más de 2,300€, y por cada familiar que le acompañe 700€ más cada mes.

 

Los beneficios de la Residencia No Lucrativa para la especialidad MIR

Si estas con inquietud de venir a residir a España sin permiso de trabajo, este tipo de residencia es para ti, que sepas que en ese tiempo que estés aquí podrías realizar estudios de tu especialidad médica y otro tipo de estudios si no accedes a la plaza en esa primera convocatoria. Tomen en cuenta que si son nacionales de un país que haya sido colonia iberoamericana, con dos años de Residencia temporal continuada e ininterrumpida podrían solicitar la NACIONALIDAD ESPAÑOLA, beneficiándose de los derechos de ciudadanos comunitarios europeas, derivando derechos a sus familiares y podrían residir en cualquier país de la unión europea, viajar a Estados Unidos con su pasaporte Español sin ser requerido el visado, solo una declaración de datos de la fecha en la cual viajas a Estados unidos.

Lo único es que no puedes trabajar cuenta ajena o cuenta propia: percibir ingresos por trabajo.  Sin embargo, sí puedes percibir ingresos por prácticas profesionales o investigación o el MIR como tal.

 

¿Qué hacer después de un año con la Residencia No Lucrativa en España?

Si en ese año tienes oportunidades de ofertas laborales o ideas de establecer un negocio propio, puedes modificar tu tipo de residencia pasado un año desde su concesión, al momento de renovar puedes modificar a residencia y permiso de trabajo o seguir con la No Lucrativa si aún el negocio no se establece de manera fehaciente.

 

A continuación, te presentamos el caso de Paula Rauseo, profesional médico graduada en la Universidad Central de Venezuela, que optó por tramitar la Residencia No Lucrativa para tener mayores posibilidades de acceso a una plaza para estudiar la especialidad MIR en España, finalmente conseguida por ella. Esta opción de residencia también la valoró porque sus objetivos están muy claros: optimizar el tiempo en España para aplicar posteriormente a la Nacionalidad Española a los dos años de residencia.  Habeas Legal Company la asesora, la acompaña y está pendiente en su camino como profesional extranjera MIR en España y posterior aplicación a su Nacionalidad Española por Residencia.

 

A través de una asesoría legal, en Habeas Legal te asesoraremos para analizar tu situación de manera personalizada para que alcances tus objetivos como profesional en España y acompañarte en los procesos que correspondan hasta su resultado favorable.


 

En Habeas Legal te ayudamos con nuestro METODO HABEAS DE LAS 3P’s

PREPARACIÓN-particular, PRESENTACIÓN-personalizada y PROCESO-persecución de lo presentado si no responden en los plazos establecidos o si deniegan nuestra solicitud. Para asesorías presenciales o por videollamada, reserva tu asesoría legal a través de nuestro sitio web:

1f310 - La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por Cuenta Propia Web: https://habeaslegal.com/reserva-de-asesoria/

1f4de - La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por Cuenta Propia Tels: (+34) 931 122 743 y 930 075 341

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