Si eres extranjero, te encuentras residiendo en España y quieres trabajar, ¡lo puedes hacer!
La modificación de la situación actual de estancia a autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia inicial es el proceso que debe seguir un estudiante o ciudadano extranjero que se halla en España al menos un año. Por lo tanto, ¡SE PUEDE EMPRENDER! y ahí nace un MIGRANTE EMPRENDEDOR.
De hecho, este paso es el último en el ‘Iter del Estudiante Extranjero’ que hemos ya tratado en otro post.
DESCARGA el Iter del Estudiante Extranjero al hacer clic en la imagen.
Se puede iniciar proceso para obtener la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia inicial en caso de:
- Haber estado, al menos, un año en situación regular. Excepcionalmente podrán solicitar la modificación sin que haya transcurrido el plazo de un año, cuando se pueda acreditar una necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia.
- Carecer de antecedentes penales en España.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
- Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
- Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
En Habeas Legal te asesoramos y acompañamos de principio a fin en tu proyecto como autónomo extranjero o en la creación de una sociedad mercantil debidamente inscrita en el registro público mercantil. Igualmente te ayudamos en tu trámite de solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia cumpliendo con la ley de extranjería 4/2000.
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