Ya están muy cerca las fiestas y con ello las vacaciones y los viajes. Si estás en España como ciudadano extranjero, te conviene saber ¿qué es la Autorización de Regreso?
La Autorización de Regreso es un documento que se necesita para permitir la salida y el retorno a España -dentro de un plazo de 90 días- de un ciudadano extranjero que se encuentra en algún trámite en periodo de renovación o prórroga.
A continuación, te explicamos parte en este video:
El extranjero debe acreditar que los trámites de renovación o prórroga han sido iniciados y están dentro del plazo legal correspondiente. Es importante que sepas que para acreditar lo anterior, es necesaria tu hoja de resguardo del trámite donde indique que éste se ha resuelto favorablemente y que estás en espera de que se te expida la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
Por lo general, la Policía Nacional otorga las autorizaciones de regreso sin problema alguno, sin embargo, el viaje a realizar ha de ser por causas excepcionales o extrema necesidad. Recuerda que como extranjero no puedes permanecer más allá de 90 días fuera de España. Por tal motivo, la vigencia de la autorización de regreso tiene vigencia no mayor a 90 días, contemplando los siguientes puntos:
- Si tu trámite de prórroga o renovación se realizó con anterioridad a la caducidad de tu TIE, el periodo de 90 días comienza a contar desde dicha caducidad.
- Si tu trámite de prórroga o renovación se realizó posterior a la caducidad de tu TIE, la autorización de regreso tendrá una vigencia de hasta 90 días desde que sea concedida.
La autorización de regreso sólo será válida para efectuar su entrada por los Puestos Fronterizos habilitados españoles.
PROCEDIMIENTO
Es muy sencillo. Deberás solicitar cita previa en las oficinas de la Policía Nacional o en la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en el siguiente link:
https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/icpplus
Posteriormente, deberás pagar POR ANTICIPADO las tasas de autorización de regreso:
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- Modelo 790 código 052 si se tramita en la Oficina de Extranjería (http://www.sefp.minhafp.gob.es/es/web/servicios/tasas.html)
- Modelo 790 código 012 si se tramita en la Comisaría de Policía (https://sede.policia.gob.es:38089/Tasa790_012/)
A la cita, deberás acudir con tu tasa pagada, así como con tu pasaporte original, la resolución del trámite que estés llevando (prórroga o renovación) y el ticket de tu viaje.
Si no encuentras cita, te recomendamos que captures pantallas de los intentos que has efectuado para conseguirlas, las imprimas y acudas un día antes de tu viaje a las oficinas de Policía Nacional. Preséntalas y ahí te dirán si te pueden atender en ese momento y darte la carta ese mismo día o bien, atenderte al día siguiente si tu vuelo es por la tarde o noche.
Recuerda que cada caso es distinto y en Habeas Legal estamos para apoyarte en lo que necesites. La Autorización de Regreso es un trámite que debes de hacer en determinados casos, de lo contrario podrías poner en riesgo tu estancia en España.
Para asesorías presenciales o por videollamada, reserva tu cita a través de nuestro sitio web:
Web: www.habeaslegal.com/reserva-de-citas/
Tels: (+34) 931 122 743 y 930 075 341
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