Las nuevas tendencias del Derecho de Daños en España y Europa para 2026

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Claves del 8º congreso internacional sobre el derecho de Daños celebrado en el Ateneo de Madrid

 

Durante dos intensas jornadas en el Ateneo de Madrid, este 5 y 6 de marzo 2026, magistrados del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional, catedráticos, médicos forenses y expertos europeos analizaron el estado actual del Derecho de daños y su evolución en los próximos años.

El congreso dejó una conclusión clara: la responsabilidad civil está viviendo una transformación profunda. Nuevos avances científicos, cambios jurisprudenciales y debates sobre la valoración del daño están redefiniendo uno de los campos más relevantes del Derecho contemporáneo.

Como recordó el escritor Andrés Trapiello en la conferencia de clausura: “Este es un congreso universal, porque daños los tenemos todos.”

El Derecho de daños existe precisamente porque el daño forma parte de la vida humana. La función del Derecho es intentar repararlo de la manera más justa posible.

 

1. El juez no es una máquina: sesgos cognitivos y decisión judicial

La conferencia inaugural del magistrado del Tribunal Supremo Ignacio Sancho Gargallo abordó una cuestión poco tratada en los debates jurídicos: cómo influye la psicología en la toma de decisiones judiciales. El juez no analiza los casos como un algoritmo que aplica normas de forma automática. Al leer una demanda comienza a formarse una hipótesis sobre lo ocurrido, que después contrasta con los hechos y la prueba.

Este proceso mental puede verse afectado por distintos sesgos cognitivos, como el sesgo de confirmación o el sesgo de anclaje. El desafío consiste en reconocer esos sesgos para evitar que condicionen indebidamente la decisión judicial.

Para los abogados, la lección es clara: la estructura de la demanda y la claridad del relato de los hechos son determinantes desde el inicio del proceso.

 

2. El Tribunal Supremo como orientador del sistema de responsabilidad civil

La intervención del magistrado José Luis Seoane Spiegelberg puso de relieve el papel del Tribunal Supremo en la construcción del Derecho de daños.

El Supremo no revisa los hechos de cada caso, sino que establece criterios interpretativos que orientan a los tribunales inferiores.

En los últimos años, la jurisprudencia ha reforzado especialmente:

    • la exigencia de prueba del daño

    • el análisis del nexo causal

    • la necesidad de cuantificar adecuadamente las indemnizaciones.

En un contexto de creciente litigiosidad, el Tribunal Supremo se consolida como el gran referente para la uniformidad del sistema indemnizatorio.

Responsabilidad de la Administración y aseguradoras públicas

Otro de los temas centrales fue la responsabilidad patrimonial de los poderes públicos, analizada por el magistrado del Tribunal Constitucional César Tolosa.

En estos casos intervienen distintos actores: la Administración, sus funcionarios y las compañías aseguradoras que cubren la responsabilidad pública.

Uno de los problemas procesales más relevantes es determinar correctamente la jurisdicción competente y la posición procesal de las aseguradoras, garantizando al mismo tiempo el derecho de defensa de todas las partes.

 

3. Responsabilidad sanitaria: navegar entre jurisdicciones

La responsabilidad sanitaria sigue siendo uno de los ámbitos más complejos del Derecho de daños.

El magistrado José Ramón Chaves explicó que los abogados deben enfrentarse a una gran incertidumbre procesal dependiendo de si el daño se produce en:

    • sanidad pública

    • sanidad privada

    • centros concertados.

Cada supuesto puede llevar a jurisdicciones distintas y a regímenes de responsabilidad diferentes.

El propio ponente utilizó una metáfora muy gráfica para describir esta situación: litigar en responsabilidad sanitaria es como navegar entre Escila y Caribdis, donde una mala elección de la vía procesal puede comprometer el resultado del litigio.

 

4. El debate sobre el daño moral

Uno de los momentos más intensos del congreso fue la intervención del magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena sobre la indemnización del daño moral.

Marchena señaló que en algunos casos el daño moral parece haberse convertido en una especie de “Rey Midas”, donde las cantidades reclamadas y concedidas resultan difíciles de explicar con criterios objetivos.

La comparación de sentencias recientes muestra que casos muy distintos pueden generar indemnizaciones aparentemente desproporcionadas o incoherentes, lo que plantea la necesidad de desarrollar criterios jurisprudenciales más claros.

El daño moral debe cumplir una función esencial: compensar el sufrimiento de la víctima, no generar un enriquecimiento económico arbitrario.

 

5. El nuevo baremo 2025 y la valoración del daño emocional

El profesor Miquel Martín Casals analizó las consecuencias de la aplicación del nuevo baremo de daños fuera del ámbito de los accidentes de tráfico.

Una de las cuestiones más relevantes es el reconocimiento del daño emocional y del duelo patológico, cuando la pérdida de un familiar genera consecuencias psicológicas graves y prolongadas.

La jurisprudencia empieza a incorporar estos elementos dentro de la valoración indemnizatoria, aplicando el baremo de forma orientativa, pero permitiendo desviaciones justificadas cuando las circunstancias del caso lo requieren.

 

6. Medicina forense 5.0: la prueba científica del dolor. 

Uno de los avances más innovadores presentados en el congreso fue la utilización de termografía médica avanzada para la valoración del dolor.

El médico forense Ángel Hernández Gil explicó cómo esta técnica permite detectar variaciones térmicas asociadas a procesos inflamatorios y alteraciones fisiológicas.

La termografía puede contribuir a objetivar científicamente el dolor, algo especialmente relevante en procedimientos judiciales donde el sufrimiento del paciente resulta difícil de demostrar mediante pruebas tradicionales.

 

7. ¿Es posible un baremo europeo?

La ponencia del profesor Duarte Nuno Vieira ofreció una visión comparada de la valoración del daño corporal en Europa.

Las diferencias entre países siguen siendo muy significativas. En algunos casos, la valoración de una misma lesión puede variar radicalmente de un sistema jurídico a otro.

Por ello, aunque existen iniciativas para crear un baremo europeo, la armonización todavía enfrenta importantes obstáculos derivados de las diferencias culturales, jurídicas y médicas entre los Estados.

 

8. El nuevo recurso de casación en los pleitos por daños. 

La magistrada Amaia Castaño explicó las novedades del recurso de casación en el ámbito civil.

La reforma refuerza la idea de que el Tribunal Supremo no es una tercera instancia, sino un órgano encargado de fijar doctrina jurisprudencial.

El elemento central del recurso es ahora el interés casacional, que permite al Tribunal Supremo intervenir cuando una cuestión jurídica requiere una interpretación uniforme.

La valoración de la prueba solo puede revisarse en casos excepcionales, como en la denominada doctrina del error patente.

 

9. Derecho y literatura: el cierre humanista del congreso. 

La conferencia de clausura del escritor Andrés Trapiello ofreció una reflexión distinta sobre el Derecho.

Los juicios no son solo procedimientos técnicos, sino historias humanas donde se entrelazan conflictos, emociones y decisiones que afectan profundamente a la vida de las personas.

Derecho y literatura comparten un mismo territorio: el intento de comprender y ordenar la experiencia humana.

Y en ese terreno se sitúa el Derecho de daños, cuyo objetivo final no es solo calcular indemnizaciones, sino dar una respuesta jurídica a los daños que inevitablemente forman parte de la vida de todos.


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