Una buena noticia a todas aquellas personas que son descendientes de españoles fuera de España.
Esta hecha la propuesta del Ley que permite que estas personas adquieran la nacionalidad española acreditando su descendencia.
Recodemos que durante la Guerra Civil muchas personas emigraron de España y llegaron a países de todo el mundo, en especial a las colonias de América. Por miedo a ser perseguidos aún en nuevas tierras, muchos de ellos renunciaron a su nacionalidad española de origen y adoptaron la del país de acogida. En esos tiempos era una medida normal de sobre vivencia pura.
La guerra terminó y volvió la paz a España, pero los inmigrantes ya no regresaron en las mismas cantidades en las que salieron. Se establecieron y echaron raíces en tierras nuevas llenas de oportunidades. No los culpamos, al contrarío, muchos hemos seguido sus pasos en España.
Ahora los hijos y nietos de estos españoles pueden ser compensados por la persecución que sufrieron sus antepasados. La propuesta de ley les quiere otorgar la nacionalidad por descendencia directa. Es una forma de retribuir el daño que sufrieron las familias en los tiempos de la guerra.
Ahora mismo es una propuesta, pero recordemos que algo muy similar se hizo con la Ley de la Memoria Histórica, que permitió a todos los descendientes de las víctimas de la guerra acceder a la nacionalidad española.
Es una muy buena oportunidad para todas aquellas personas que deseen emigrar a España. Siempre y cuando cumplan los requisitos.
Esperemos pase la ley y muchas personas sean beneficiadas. Aunque recordemos que esto puede originar una nueva oleada de inmigración a España como la pasada década. Ahora mismo en Europa se están cerrando todas las puertas a los inmigrantes, España está tomando está tendencia. Seamos optimistas y esperemos que pase lo mejor para los descendientes y para el país.
Recuerda consultar a tu Abogado Internacional si deseas iniciar este proceso. Siempre es mejor ir acompañado de un experto.
Proyecto de Ley:
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-71-1.PDF