APOSTILLA DE DOCUMENTOS PÚBLICOS MEXICANOS Y EXTRANJEROS

APOSTILLA DE DOCUMENTOS PÚBLICOS MEXICANOS Y EXTRANJEROS

LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS MEXICANOS deberán Apostillarse ante las autoridades mexicanas competentes para que surtan efectos inmediatos en el extranjero:

Para obtener la apostilla de los documentos públicos expedidos por Entidades Federales, deberán ser solicitadas:

a) Ante la Dirección de Coordinación Política en la Unidad de Gobierno de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

http://dicoppu.segob.gob.mx/es/DICOPPU/Requisitos

Para obtener la apostilla de los documentos públicos expedidos por Entidades Estatales, deberán ser solicitadas:

b) Ante las Secretarías de Gobierno de cada Entidad Federativa de la República Mexicana.

http://dicoppu.segob.gob.mx/work/models/DICOPPU/Resource/329/2/images/listado_estados(1).pdf

Para obtener la apostilla de los documentos públicos expedidos por El Gobierno del Distrito Federal, deberán ser solicitadas:

c) Ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal (GDF).

http://www.tramitesyservicios.df.gob.mx/wb/TyS/legalizacion_yo_apostilla_de_firma_y_sello_en_docu

 


 

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PREPARACIÓN-particular, PRESENTACIÓN-personalizada y PROCESO-persecución de lo presentado si no responden en los plazos establecidos o si deniegan nuestra solicitud. Para asesorías presenciales o por videollamada, reserva tu asesoría legal a través de nuestro sitio web:

1f310 - La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por Cuenta Propia Web: https://habeaslegal.com/reserva-de-asesoria/

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