APOSTILLA DE DOCUMENTOS PÚBLICOS MEXICANOS Y EXTRANJEROS
LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS MEXICANOS deberán Apostillarse ante las autoridades mexicanas competentes para que surtan efectos inmediatos en el extranjero:
• Para obtener la apostilla de los documentos públicos expedidos por Entidades Federales, deberán ser solicitadas:
a) Ante la Dirección de Coordinación Política en la Unidad de Gobierno de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
http://dicoppu.segob.gob.mx/es/DICOPPU/Requisitos
• Para obtener la apostilla de los documentos públicos expedidos por Entidades Estatales, deberán ser solicitadas:
b) Ante las Secretarías de Gobierno de cada Entidad Federativa de la República Mexicana.
http://dicoppu.segob.gob.mx/work/models/DICOPPU/Resource/329/2/images/listado_estados(1).pdf
• Para obtener la apostilla de los documentos públicos expedidos por El Gobierno del Distrito Federal, deberán ser solicitadas:
c) Ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal (GDF).
http://www.tramitesyservicios.df.gob.mx/wb/TyS/legalizacion_yo_apostilla_de_firma_y_sello_en_docu